¿Qué es Defensoría Universitaria?
Es la instancia encargada de tutelar los derechos de los miembros de la comunidad universitaria y vela por mantener del principio de autoridad responsable.
Atiende las quejas y/o reclamaciones que formulen los miembros de la comunidad universitaria, vinculadas con la infracción de derechos individuales o en aquellos relacionados con la prestación de servicios que brinda la universidad. Así mismo, la Defensoría Universitaria es responsable de la gestión y seguimiento de las medidas de prevención e intervención en casos de hostigamiento sexual.
La actuación de la Defensoría Universitaria, se desarrolla bajo los principios de confidencialidad, e independencia, no estando sometido a mandato imperativo alguno en el desarrollo de sus competencias. Sus actuaciones van encaminadas a la mejora de la convivencia entre sus miembros, y a contribuir por tanto, a la mejora de la calidad universitaria en todos sus ámbitos.
Reglamento Descarga aquí
R.C.O N°0679-2022-UNAB Descarga aquí
Flujograma del protocolo de atención y sanción Ingresa aquí
Encuesta Sobre el Hostigamiento Ingresa aquí
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Defensor Universitario
DR. SERRUTO COLQUE, Arístides Ramón
Defensoría Universitaria
Hostigamiento Sexual
Defensoría Universitaria
¿En qué casos puedes hacer llegar alguna denuncia o reclamo?
¿Cómo presentar tu denuncia o reclamo?
- Descarga aquí el formato de la Defensoría, complétalo fundamentando tu denuncia o reclamo.
- Entrégalo en la Oficina de Defensoría Universitaria (primer piso de la Biblioteca Blanca Varela – campus universitario La Florida) o envíalo al correo electrónico defensoría.universitaria@unab.edu.pe.
Hostigamiento Sexual
¿Qué es el hostigamiento sexual?
El hostigamiento sexual es una forma de violencia que se configura a través de una conducta de naturaleza o connotación sexual o sexista no deseada por la persona contra la que se dirige. Esta conducta puede crear un ambiente intimidatorio, hostil o humillante; o afectar la actividad o situación laboral, docente, formativa o de cualquier otra índole de la víctima, aunque no necesariamente se requiere de dichas consecuencias.
¿Qué conductas se consideran actos de hostigamiento sexual?
- Ocurra en el lugar o ambientes educativos, formativos, de trabajo o similares.
- Promesa implícita o expresa a la víctima de un trato preferente o beneficioso respecto a su situación actual o futura a cambio de favores sexuales.
- Amenazas mediante las cuales se exija en forma implícita o explícita una conducta no deseada por la víctima, que atente o agravie su dignidad.
- Uso de términos de naturaleza o connotación sexual (escritos o verbales), insinuaciones sexuales, proposiciones sexuales, gestos obscenos o exhibición a través de cualquier medio de imágenes de contenido sexual, que resulten insoportables, hostiles, humillantes u ofensivos para la víctima.
- Uso de términos de naturaleza o connotación sexista (escritos o verbales), así como todo comportamiento o acto que promueva o refuerce estereotipos de género en los cuales las mujeres y los hombres tienen atributos, roles o espacios propios, que suponen la subordinación de un sexo o género respecto del otro.
- Acercamientos corporales, roces, tocamientos u otras conductas físicas de naturaleza sexual que resulten ofensivas y/o no deseadas por la víctima.
- Trato ofensivo u hostil por el rechazo de las conductas señaladas en este artículo.
¿Qué puedo hacer en un caso de hostigamiento sexual?
La UNAB pone a disposición de la Comunidad Universitaria la Directiva para la Prevención, Investigación y Sanción del Hostigamiento Sexual. Descarga aquí
- Descarga aquí el formato de la Defensoría y complétalo.
- Entrégalo en la Oficina de Defensoría Universitaria (primer piso de la Biblioteca Blanca Varela – campus universitario La Florida) o envíalo al correo electrónico defensoría.universitaria@unab.edu.pe.
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Principios de la Defensoría Universitaria
![](https://unab.edu.pe/wp-content/uploads/2023/03/capital-1-1.png)
Principio de imparcialidad
Actúa con imparcialidad y no esta sometida a mandato imperativo alguno.
![](https://unab.edu.pe/wp-content/uploads/2023/03/lider.png)
Principio de independencia y autonomía
No recibe instrucciones funcionales de la autoridades, docentes, administrativos y estudiantes.
![](https://unab.edu.pe/wp-content/uploads/2023/03/proteccion-de-datos.png)
Principio de Confidencialidad
Todas las comunicaciones con el Defensor Universitario son confidenciales.
![](https://unab.edu.pe/wp-content/uploads/2023/03/buscar.png)
Principio de Verdad Material
La autoridad administrativa competente realiza una verificación plena de los hechos materia de investigación.
![](https://unab.edu.pe/wp-content/uploads/2023/03/libro-de-normas.png)
Principio de Supletoriedad
Se tiene como acción de carácter inmediato los principios del procedimiento administrativo previstos en la ley N° 27444