Modalidades de Admisión

Modalidades de
admisión

Revisa de que trata cada una de nuestras modalidades de admisión y elige la que se adecúe a ti

  • Pueden postular egresados de instituciones educativas públicas o privadas:

    • Egresados de Educación Básica Regular
    • Egresados de Educación Básica Alternativa
  • Pueden postular quienes hayan egresado durante los dos años anteriores a la fecha de inscripción y que han ocupado alguno de los dos (2) primeros puestos del orden de mérito en una I.E. pública o privada de nivel secundario. 

  • Pueden postular bachilleres o el titulados o su equivalente con denominación propia otorgado por una universidad del Perú o del extranjero, así como aquellos graduados y titulados en otras instituciones y escuelas de educación superior contemplados en la Tercera Disposición Complementaria de la Ley Universitaria – Ley N° 30220.

  • Pueden postular los estudiantes de otra Escuela Profesional de la UNAB, quienes deben haber aprobado un mínimo de dos periodos lectivos o cuarenta (40) créditos. Solo procede el traslado interno por una única vez.

  • Pueden postular los estudiantes de otras universidades de procedencia nacional o extranjera. Para el caso nacional el postulante debe haber aprobado un mínimo de 4 periodos lectivos o 72 créditos.
    Para el caso de postulantes de universidades del exterior, deben haber aprobado como mínimo 2 ciclos académicos o un periodo anual, de acuerdo a su Plan de estudios.

  • Pueden postular por esta modalidad, aquellos postulantes egresados de una institución educativa de nivel secundario (Educación Básica Regular o Educación Básica Alternativa) y que han sido acreditados como Deportistas Calificados por el Instituto Peruano del Deporte.

  • Pueden postular aquellos postulantes egresados de educación básica regular o educación básica alternativa, quienes deberán presentar el certificado de discapacidad otorgado por cualquiera de los hospitales del Ministerio de Salud o del Seguro Social de Salud (EsSalud) y la Resolución Ejecutiva de Inscripción en el Registro Nacional de la Persona con Discapacidad.

  • Pueden postular los egresados de una institución educativa de nivel secundario, calificados como víctimas de actos de terrorismo o hijos de víctimas del terrorismo e inscritos en el Registro Único de Víctimas de la Violencia ocurrida durante el período de mayo de 1980 a noviembre de 2000, según lo establecido en la Ley N° 28592.